sábado, 22 de mayo de 2010

CONTRATO PSICOLOGICO

ES EL CONJUNTO DE EXPECTATIVAS QUE UN INDIVIDUO TIENE ACERCA DE SU RELACION DE TRABAJO CON LA COMPAÑÍA.

Una comprensión implícita de contribuciones mutuas entre una persona y su organización.

ES UNA ADICIÓN AL ACUERDO ECONÓMICO QUE CUBRE LOS SALARIOS, LAS HORAS DE TRABAJO Y SUS CONDICIONES. DEFINE LAS CONDICIONES DE COMPROMISO PSICOLÓGICO DEL EMPLEADO CON EL SISTEMA AL QUE PERTENECE.

“Por consiguiente se desarrolla subyaciendo a la organización formal, basándose en los intereses de las partes que no necesariamente están conformadas por los empleadores, también se pueden establecer contratos psicológicos entre cada uno de los empleados”(entorno informal)

El Contrato Psicológico implica la existencia de un conjunto de expectativas, no escritas en parte alguna, que operan a toda hora entre cualquier miembro y otros miembros y dirigentes
de la organización.

Hay que subrayar que la función del rol que tenga cada persona dentro de la organización, hace que al establecerse las relaciones interpersonales al interior del grupo entre en juego
la historia personal de cada individuo, generándose expectativas hacia la seguridad, gratificación y apoyo para la realización de metas individuales.

Esta idea está implícita en el concepto de rol organizacional en el sentido de que cada rol es básicamente un conjunto de expectativas conductuales.

ROL: PAPEL O INTERVENCION QUE ALGUIEN TIENE EN DETERMINADA
SITUACION (impersonal, de información y toma de decisiones).


En los grupos humanos siempre se espera algo del otro, es decir que existe una
Expectativa sobre lo que el otro va a hacer, cómo lo va a hacer y para qué lo va a hacer; en otras palabras, existe una expectativa conductual hacia los demás;
pero en el marco de los contratos psicológicos, esta expectativa puede estar centrada en intereses personales que no tienen relación con el interés del grupo, cayéndose en situaciones conflictivas disfuncionales siendo un problema de las relaciones humanas en el trabajo.

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